miércoles, 28 de enero de 2026

 

PAPEL DEL ORGANISMO ELECTORAL EN BOLIVIA[1]

Humberto Mamani Espino

“El hecho de que a ti no te interese la política no significa que la política no se interese por ti”. Pericles, político ateniense

Introducción  

La historiografía boliviana ha dedicado sus esfuerzos en la temática de los procesos electorales en Bolivia que ha sido trabajado por Marta Irurozqui, A bala, piedra y palo, la construcción de la ciudadanía política en Bolivia 1826 1952, que analiza la situación social del siglo XIX y XX, la construcción de la ciudadanía y los procesos electorales en Bolivia, exponiendo irregularidades y manipulaciones durante las elecciones; por otro lado, James Dunkerley, en su obra Rebelión en las venas, la lucha política en Bolivia 1952-1982, expone los conflictos sociales en contraposición del poder estatal, producido por el régimen del Movimiento Nacionalista Revolucionario con profundas reformas en los ámbitos sociales, políticos y, asimismo los regímenes militares han secuestrado la democracia en Bolivia, a través de los golpes de Estados. Rossana Barragán, en su estudio sobre la Ciudadanía y elecciones, convenciones y debates; hace un análisis profundo sobre la construcción de los conceptos de ciudadanía, su inclusión, su representación política en ámbitos del poder del Estado. Carlos D. Mesa, en su obra Presidentes de Bolivia, entre urnas y fusiles, expone y cuantifica los gobiernos de los presidentes de Bolivia, analiza la evolución del sufragio y las irregularidades que se desarrollan en los procesos electorales. Asimismo, un grupo de escritores como: Omar Chávez, Ramiro Paredes, Wilma Velasco y otros, han escrito La Autonomía Electoral, Historia política e Institucionales del Sistema Electoral Boliviano (1825-2006), donde exponen la evolución del sistema electoral, y la evolución institucional del órgano electoral desde la Corte Nacional Electoral y su transición al Tribunal Supremo Electoral.

Por tanto, en los siguientes párrafos se desarrollaran algunos puntos sobre la evolución de las normativas y la institucionalidad del ente electoral que formará parte fundamental como administrador de los procesos electorales en Bolivia en su bicentenario que ha sido gestado desde la creación de la República de Bolivia en 1825 y ha pasado por varios procesos de reformas de estabilización del ente electoral hasta el Estado Plurinacional de Bolivia (2009).

Haciendo una retrospectiva de la historia, las primeras décadas del siglo XIX en Latinoamérica se producen descontentos sociales con la administración española, donde los criollos y los mestizos inician revueltas influenciadas por la revolución francesa, conduciendo a virreinatos a convertirse en estados y naciones independientes adoptando el régimen democrático. A raíz de este régimen se gesta el organismo electoral, en sus inicios con limitaciones y a menudo inestables a consecuencia de los conflictos políticos y sociales de la época. La organización de las elecciones los ejecutaba el poder ejecutivo y/o autoridades locales como un mecanismo de legitimación del poder, básicamente controladas por las elites, por lo tanto, el régimen democrático solamente fue nominal.

Las prácticas electorales, en sus inicios, adoptaron el paradigma electoral gatidano-bolivariano, definido por la Constitución de la monarquía española de 1812, mismo que influyó en el Decreto del 9 de febrero de 1825 con el que se convocó a la Asamblea General, donde mediante normativas electorales, se regula la formación del Congreso General Constituyente de 1826. Tales ideas, cómo ser: elección indirecta, la presidencia vitalicia, la vicepresidencia hereditaria, etc., quedan en el camino, ya que el estado republicano ingresa en otro paradigma del caudillismo militar, siendo que las armas se convirtieron en herramientas para tomar el poder[2].

En Bolivia, el siglo XIX y hasta mediados del siglo XX, el ejercicio del sufragio es censitario, es decir donde solo los hombres de status social alta, con educación y con cierto grado de riquezas, pueden ejercer sus derechos al sufragio en los procesos electorales, a lo que cita Irurozqui el “club de los ciudadanos”[3] es decir, con voto seleccionador, de manera que, el 70% de la población boliviana era marginada (campesinos, indígenas, analfabetos y mujeres), aislada de los comicios electorales[4] hasta 1952, básicamente practicada y controlada por las elites económicas y políticas dominantes. En este periodo del voto censitario los órganos encargados de los procesos electorales respondían a los intereses de las oligarquías, donde la manipulación y el fraude electoral era frecuente, siendo que los recintos electorales se convertían en campos de disputa entre los caudillos y las oligarquías en Bolivia.

Primer periodo, gestación del órgano electoral en Bolivia

Bolivia, es uno de los países que heredó estructuras coloniales adoptando la forma de gobierno republicano, y nace con tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judiciario[5],  posteriormente Simón Bolívar incluye el ente Electoral en el Proyecto de Constitución de 1826, en la primera Constitución Política del Estado promulgado el 19 de noviembre de 1826 por Antonio José de Sucre, Art. 9, instituye al ente electoral cómo Poder Electoral, en su Título cuarto Art. 20 – 26, establecen reglas para el funcionamiento del Cuerpo Electoral en la nueva República de Bolivia. El Decreto Supremo de 31 de enero de 1829, disuelve la Asamblea Convencional y establece que los colegios electorales se formen a partir de las elecciones primarias sobre la base del Reglamento de Elecciones. En la Constitución de 1831, Art. 8, el poder Electoral es excluido.

Entre 1831 a 1961, el ente electoral está a tuición del Legislativo. De acuerdo con la CPE de 1831, en los Arts. 19, 66, 67 y 68, se norma las atribuciones para las elecciones en Bolivia. Andrés Santa Cruz, por primera vez promulga la Ley Reglamentaria de 13 de septiembre de 1831, estructurado en tres capítulos y 49 artículos, para la elección de Senadores y Representantes para las Cámaras Constitucionales, y el mismo presidente Santa Cruz, promulga otra Ley reglamentaria de 14 de octubre de 1834 para la elección de Presidente y Vicepresidente constitucionales de la República de Bolivia, estructurado en 20 artículos.

Por tanto, en 1835 en el marco de la Ley reglamentaria de 1834 se realizó un hecho inédito, por primera vez y única vez se desarrollaron elecciones para elegir a “compromisarios por voto popular a través de Juntas Electorales de Parroquia”, quienes posteriormente tuvieron la responsabilidad de elegir al presidente y vicepresidente.

Este mecanismo de voto indirecto generó un sistema piramidal en el que el compromisario emanado de las Juntas de Parroquia emitía su voto de viva voz. De este modo se emitieron 382 votos para Presidente. Santa Cruz ganó por mayoría superior a los dos tercios de votos con un total de 368 votos (96%), seguido por el Gral. Velasco que logró 14 votos (4%). Se eligió por separado al Vicepresidente de la República de entre cuatro candidatos principales.[6]

Segundo periodo del voto censitario y/o calificado

Es el periodo de larga duración desde 1840 hasta 1952, aproximadamente 112 años, en que el sistema electoral estaba marcado con voto censitario y/o voto calificado. En este período se desarrollaron al menos veinticuatro elecciones, donde asumieron gobernantes de orden militar y civil (mineros y hacendados). El sistema electoral boliviano de elección indirecta cambió a elección directa, pero con ciertas restricciones a la mayoría de la población boliviana (campesinos, analfabetos y mujeres) que no ingresaron a ese cuadro de “ciudadanía” y no tuvieron derecho al sufragio/voto, como figura en el Art. 12 de la Constitución Política del Estado de 1839.

Irurozqui, hace mención a que en esta época la democracia era responsabilidad del gobierno, ya que se debía expandir la doctrina democrática. Al respecto, cita a Aniceto Arce, quien la calificaba como: “´la moral práctica`, ´el evangelio de la acción`, ´la fe en la humanidad` y ´el reinado de la libertad`”[7]. Esas declaraciones fueron respaldadas por Mariano Baptista para reforzar la democracia, aunque, sin duda, la democracia liberal era ejercitada a beneficio del entonces gobernante, y en que se movía las masas de un sitio a otro para favorecer a los candidatos, a lo que Irurozqui llama ficción o farsa democrática.

Los gobiernos liberales como José Miguel de Velasco, presidente provisorio con el compromiso de consolidar las elecciones promulga la Ley de 5 de noviembre de 1839, el Reglamento para las elecciones de 1840 con amplia estructuración de 12 secciones y 118 artículos, abarcando todos los puntos sobre los procedimientos electorales y las calificaciones de la ciudadanía, los responsables en llevar adelante los procesos electorales son los gobernadores y los corregidores, mientras el voto de los ciudadanos se realizaran en los recintos parroquiales.  Lo interesante es que en los gobiernos liberales y conservadores del siglo XIX se generaron alrededor de 21 normas electorales, entre ellos 12 leyes reglamentaciones y 9 reformas o enmiendas a estas normas electorales con la finalidad de ampliar y dar una mejora continua.

Por tanto, el tema de los procedimientos electorales ha sido debatido por los gobernantes de ese periodo, hubo intentos de regular los procesos electorales y que una institución imparcial pueda encargarse en desarrollar y administras los diferentes procesos electorales. Sin embargo, los procesos electorales que se desarrollaron en Bolivia estuvieron caracterizados por golpes de Estados, gobiernos de factos, caudillismo y militarismo predominante, ha obstaculizado el desarrollo y la plena aplicabilidad de las normas electorales. Siendo que hay una ausencia de una institución jurídica o técnica imparcial y/o autoridades electorales independientes, una época donde la democracia electoral era más simbólica que efectiva en gran parte del siglo XIX y hasta la mitad del siglo XX.

Durante la primera mitad del siglo XX, la idea de consolidar un ente electoral sigue en pie, por tanto se dan alrededor de 13 reformas electorales y por primera vez mediante Decreto Ley de 27 de noviembre de 1930 se promulga el Referéndum Popular con el fin de reformar algunos artículos de la CPE de 1880. Este referendo se realizó el 11 de enero de 1931 con un resultado de 88% de la aprobación de la reforma constitucional.

Tercer periodo, la administración de la Corte Nacional Electoral

Este periodo consta de 54 años aproximadamente, desde 1956 hasta la reforma de la Ley electoral de 2010. Por tanto la Corte Nacional Electoral desde su creación hasta su ocaso administró alrededor de catorce elecciones generales a través del voto universal, un derecho inigualable donde todos participaron (mujeres, campesinos, indígenas y analfabetos, sin tomar en cuenta la educación y renta), en el marco de la democracia representativa. A menos que ningún candidato presidencial y vicepresidencial logre obtener la mayoría absoluta de votos, “el Congreso Nacional elegirá, escrutará y proclamará al nuevo binomio presidencial”[8] sobre la base de coalición de partidos políticos y la práctica del cuoteo de instituciones públicas.

En las últimas décadas del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX hubo conflictos bélicos como las guerras del Pacifico (1879-1880), Acre (1903-1905) y Chaco (1932-1935) y un sinfín de conflictos sociales internos y hasta llegar a la revolución de 9 de abril de 1952, donde inicia una reingeniería al Estado oligárquico y el nuevo paradigma del nacionalismo abre caminos a la población excluida (campesinos, indígenas, analfabetos y mujeres) en las decisiones de las políticas públicas. Este sistema electoral censitario y/o calificado es abolido y se crea el voto universal, con la promulgación del Decreto N° 3128 de 23 de agosto de 1952. Así Bolivia ingresa a un periodo democrático donde se ejercita plenamente un nuevo sistema electoral, por tanto, es necesario que haya un ente electoral que administre los diferentes procesos electorales en Bolivia. En el gobierno de Víctor Paz Estenssoro se crea la Corte Nacional Electoral (CNE) mediante Decreto Supremo N° 4315 de 9 de febrero de 1956, estructurado en 11 secciones y 279 artículos para administrar, organizar y garantizar la primera elección con voto universal en la historia del país, donde hombres y mujeres sin importar la condición social y económica acudirán a los recintos electorales para ejercer sus derechos políticos; sin embargo en esta primera etapa, la CNE está a la tuición del poder ejecutivo, con funciones temporales y responsabilidades limitadas.

De acuerdo con DS N° 4315/1956, se señala que el organismo electoral, responsable de administrar los procesos electorales es la Corte Nacional Electoral como se menciona en el Art. 5, coadyuvada por:

1.      La Oficina Nacional Electoral

2.      Las Cortes Departamentales Electorales

3.      Las Oficinas Departamentales Electorales

4.      Los Juzgados Electorales

5.      Las Comisiones especiales

6.      Los Jurados Electorales

7.      Las Notarías del Registro Cívico[9]

 

Durante los procesos electorales estas dependencias son quienes tienen la obligación de hacer cumplir este DS N° 4315. Adicionalmente, la Corte Nacional Electoral goza de independencia institucional de acuerdo al Art. 6 del DS N° 4315.

Lo interesante de este Decreto es que los miembros de Corte Nacional Electoral son representantes de los tres poderes del Estado, dos del Ejecutivo, dos del Legislativo y dos del Judicial y un director nombrado por vocales, haciendo un total de siete vocales, Art. 10 del DS N° 4315. Los vocales que han conducido las elecciones generales con voto universal por primera vez en 1956 son los siguientes:

·                Presidente: Abog. Juan De la Cruz Vera, representando al Poder Judicial

·                Vicepresidente: Abog. Dámaso Eduardo Delgado, representando al Poder Legislativo

·                Vocal: María Sánchez Bustamante de Urioste, representando al Poder Legislativo

·                Vocal: Abog. Carlos Manuel Silva Ruiz, representando al Poder Ejecutivo

·                Vocal: Abog. Camilo Marín Murillo, representando al Poder Ejecutivo

·                Vocal: Abog. Remberto Prado Montaño, militante de MNR

·                Director de la Oficina Electoral: Abog. Rodolfo Villafuerte Valle, militante de MNR[10] 

 

Las primeras elecciones generales con el voto universal se realizó en julio de 1956 por vez primera, participaron todos los habitantes del territorio boliviano[11]. En ese entonces el partido político protagonista de la revolución MNR ganó las elecciones con amplia mayoría de votos, siendo que se demostró una especie de “lealtad política”[12] de los campesinos por las políticas públicas aplicadas, como las reformas: agraria y educativa, así como voto universal.

En ese sentido, la funcionalidad de la CNE se desarrollaba por periodos electorales. Por ejemplo, en años electorales funcionaba seis meses consecutivos y en los años no electorales en los meses de junio y diciembre[13].

Asimismo, en la nueva Constitución Política del Estado de 1961, Arts. 42-44, designa al ente electoral como Corte Nacional Electoral y Cortes Electorales Departamentales, como autoridad máxima en área electoral para garantizar el voto universal. En el Art. 45, establece que la representación popular se ejercita a través de partidos políticos. En la Constitución de 1967, Título Noveno, se incorpora dos capítulos del Régimen Electoral Arts. 219 – 227, se establecen reglas para el sufragio, partidos políticos y órganos electorales.

Sin embargo, el voto universal y el pleno desarrollo de la democracia no se lograron concretar en Bolivia, debido a que las dictaduras militares, a través de golpes de Estado, con armas y violencia, en la década de los 60 y 70, interrumpieron el proceso. El pleno ejercicio de la democracia se vio secuestrada por intereses partidarios y políticos.  En los años 60 y 70 los procesos electorales se desarrollaron de manera sui géneris, ya que fueron ejercidos por los gobiernos militares a través de las dictaduras, sin tomar en cuenta las normativas que exigen la CPE y la legislación electoral, siendo que el ejercicio de la democracia fue truncado por esos regímenes. Sin embargo, a partir de 1982 se recuperó la democracia como tal, entrando a una transición del régimen militar a la democracia neoliberal y/o pactada, que llegaría hasta las elecciones generales de 2005 siendo ese año el límite de ese periodo.

En 1977, la presión de la administración estadounidense de Jimmy Carter, abogó por la restauración de los derechos humanos en América Latina, (Argentina, Chile, Uruguay y Bolivia). Asimismo, fueron determinantes la huelga de hambre promovida por los trabajadores mineros en demanda de la amnistía general y la democratización del país, que fueron secundadas por las cuatro mujeres mineras que se instalaron en la ciudad de La Paz acompañadas de sus hijos, las huelgas de hambres que se masificaron a nivel nacional, integradas por universitarios, fabriles, campesinos, profesionales, organismos de derechos humanos, mujeres, religiosos y otros[14]. Se generó protestas y movilizaciones callejeras cotidianas en pro de la democracia. En esta etapa también surgieron los sindicatos y partidos políticos campesinos y/o indígenas de tendencia katarista e indigenista, que, sin duda, fueron instrumentos de lucha ante el gobierno dictatorial y empujaron a llamar a elecciones generales en 1978, después de largo periodo de suspenso. En esa ocasión, por primera vez, llegó a participar el partido indígena katarista MITKA[15] con Luciano Tapia e Isidoro Copa como candidatos, sin duda un hecho importante en la historia de Bolivia. Estas elecciones fueron declaradas fraudulentas por la CNE, por indicios visibles del fraude electoral ejercido por Juan Pereda Asbún[16], hecho que fue arremetida con armas en contra la CNE, por parte de Pereda, declarándose como legitimo vencedor de las elecciones[17].

En 1979 se realizan otra vez elecciones generales, a causa de un “empantanamiento político”[18], ya que ningún candidato logró los votos necesarios para asumir la Presidencia, el Congreso Nacional elige a Walter Guevara Arze como presidente interino. En estas elecciones la Corte Nacional Electoral, a la cabeza de su presidente Dr. Marcelo Céspedes Gútierrez, por primera vez promueve el uso de la papeleta multicolor y multisigno, aprobado por el Decreto Ley N° 16055 de 11 de enero de 1979, Art. 113, con el fin de evitar la manipulación y marcado de votos adelantados, o cambio de papeletas enteras en las urnas cuando estas eran de colores únicos, Klein, concluye que “las elecciones de 1979 fueron extraordinarias: una de las más limpias de la historia nacional”[19].  La presidenta Lidia Gueiler convocó a las elecciones generales de 1980 conforme a la Ley Electoral de 31 de marzo de 1980, en la que se aplicó sobre el uso de la papeleta multicolor y multisigno (Art. 104-108), donde se presentaron 13 partidos políticos, ganando la UDP de Hernán Siles con una mayoría relativa de 38.74%. Sin embargo, fue truncado el ascenso al poder de H. Siles a través del golpe de Estado de Luis García Meza (17 de julio 1980), quien luego cedió el gobierno a Celso Torrelio y finalmente concluyó la era dictatorial militar con Guido Vildoso, quien convocó al Congreso de 1980, el cual entrega el poder a Hernán Siles, ganador de las elecciones de 1980, el 9 de octubre de 1982[20]. Así concluyeron décadas de intransigencia y violación a los derechos humanos, un periodo de violencia y masacres hacia los mineros, obreros y opositores.

 

Sin embargo, en nuestra investigación deducimos que en Bolivia se desarrolló una forma muy peculiar del ejercicio democrático una especie de hegemonía parlamentaria a través de un pacto de las fuerzas conservadoras del espectro político conocido como “megacoalición”. En palabras de Norberto Bobbio, la democracia en la sociedad actual es compleja en su interpretación.

Desde 1956 hasta 1989 la CNE y CDE estaba administrada por representantes de partidos políticos, hasta la elección de 1989 donde sucumbió la institucionalidad de la CNE, administrada por la denominada “la banda de los cuatro” estos hechos marcaron el punto de inflexión institucional, por tanto, a la iniciativa de la Iglesia Católica en 1989 convoca a los partidos políticos como MNR, ADN y MIR para analizar sobre la crisis institucional de la CNE, siendo que el oficialismo y a la oposición se pusieron de acuerdo en reformar la Ley Electoral N° 857 de 20 de mayo de 1986, reemplazado por la Ley Electoral N° 1246 de 5 de julio 1991[21]. Los partidos políticos se retiraron del organismo electoral, entregaron a jueces imparciales, y conformaron en 1991 la CNE con personalidades destacadas denominada “Los Notables” bajo la dirección de Huáscar Cajías, con los siguientes vocales:

·         Presidente: Dr. Huáscar Cajías Kauffmann

·         Vice presidente: Dra. Alcira Espinoza de Villegas

·         Vocal: Dr. Alfredo Bocángel Peñaranda

·         Vocal: Lic. Jorge Lazarte Rojas

·         Vocal: Ing. Iván Guzmán de Rojas

·         Secretario de Cámara: Dr. Reynaldo Irigoyen Castro

 

Fue entonces que el organismo electoral hizo de la independencia e imparcialidad y gozó de la confianza ciudadana, sus acciones fueron “inapelables e irrevisables” y se estableció el principio de preclusión. En el periodo de 1991 a 1997 hubo varias reformas a la Ley Electoral, como la regulación de campañas electorales, delimitación de circunscripciones, fiscalización al financiamiento de partidos políticos, y otros. Asimismo, se crea la Ley de partidos políticos N° 1983 de 25 de junio de 1999 donde la CNE tiene la facultad de regular la organización, funcionamiento, registro y extinción de los partidos políticos; las fusiones y las alianzas (Art. 1).

En 1992 la CNE amplía su responsabilidad en aceptar el reto de la administración de la dirección de Registro Civil, donde el Ministerio de Interior, a través de la Ley N° 1367 de 9 de noviembre de 1992 transfiere el Registro Civil a la Corte Nacional Electoral, así ampliando las facultades y atribuciones de la administración jurídica de la ciudadanía boliviana.

En el siglo XXI el año 2004 en el gobierno de Carlos D. Mesa se reforma la Constitución Política del Estado, donde se incorpora a nuevos actores electorales, como las agrupaciones ciudadanas y, los pueblos indígenas, asimismo, se agrega la elección directa de diputados uninominales, de prefectos y de representantes de la Asamblea Constituyente. Ese mismo año por segunda vez se promulga la Ley del Referéndum N° 2769 de 6 de julio de 2004, en el marco del Art. 4 de CPE como mecanismo institucional para realizar consultas a la ciudadanía boliviana en temas de interés nacional, departamental y municipal con carácter vinculante. Por tanto, la CNE lleva adelante el Referéndum del gas, haciendo cinco preguntas  en la papeleta de consulta para determinar la administración del gas como un recurso estratégico para Bolivia.

En la gestión 2005 se lleva adelante las elecciones generales adelantadas donde gana el Movimiento al Socialismo a la cabeza de Juan Evo Morales Ayma, un indígena sindicalista con un 53.71% de votos rompiendo la racha de la democracia pactada, después de un proceso de transición de conflictos sociales en torno a la Ley de Hidrocarburos y el Gas. En ocubre de 2003 Gonzalo Sanchez de Lozada tuvo que renunciar y dejar el país sucumbido por la ola de protestas y bloqueos ejecutados por los movimientos sociales, sindicales y obreros, así Bolivia va ingresando a un nuevo proceso de transición de la República de Bolivia a un Estado Plurinacional.

La Corte Nacional Electoral, en la gestión 2009, en el marco de la Ley N° 4021 de 14 de abril de 2009, del Régimen Electoral Transitorio del 14 de abril de 2009, dispone la creación e implementación del Padrón Electoral Biométrico a través de registro e inscripción de ciudadanos, a la cabeza de Antonio Costas (Presidente de CNE), respaldado por Amalia Oporto, Roxana Ybarnegaray (Vocales) y Luis Pereira (Director de Registro Civil) que llevaron adelante el proyecto de biometrización de los electores a nivel nacional, hecho trascendental para la historia de la CNE del ingreso a la era digital con el fin de administrar el registro de los datos vitales de población boliviana, que se sumó a la concretización del proyecto del gobierno de Bolivia y la población boliviana haciendo posible ese objetivo con cultura democrática. Con un resultado extraordinario de un total de 5.138.583 ciudadanos mayores a 18 años edad de votar a nivel nacional e internacional registrados en dos meses y medio es decir en 75 días a este hecho importante Raúl Peñaranda la denomina “Padrón Biométrico una proeza de los bolivianos”[22]. El Centro Carter considera que “el proceso de empadronamiento biométrico excedió las expectativas de la población general, al lograr que se registrara a un amplio número de votantes en un período corto”[23]. Según las autoridades electorales la conclusión del empadronamiento electoral biométrico se cerrará con “una verbena popular y una jornada de trabajo hasta la medianoche, se cerrará este jueves el último día de empadronamiento biométrico que ya ha pasado los 4,4 millones de registrados en todo el país”[24]. La MOE/OEA reconoce y felicita el esfuerzo técnico y logístico que, permitió culminar un proceso de empadronamiento de más de 5 millones 100 mil ciudadanos, construyendo una compleja base de datos civiles, demográficos y biométricos que facilitarán el acceso al voto y la fiscalización electoral[25].

Cuarto periodo, el papel del Tribunal Supremo Electoral

Bolivia, a partir de las elecciones generales de 2005, con la llegada del gobierno de Evo Morales del partido político Movimiento al Socialismo (MAS), tiene una visión de Estado del socialismo del siglo XXI opuesto a los gobiernos neoliberales que gobernaron más de dos décadas después de la recuperación de la democracia en 1982, ingresa a un proceso de transición de Estado republicano al Estado plurinacional, donde se proyecta la nueva CPE aprobada a través del Referéndum de fecha 25 de enero de 2009, entrando en vigencia a partir de 7 de febrero de 2009, donde la figura de República cambia al Estado Plurinacional de Bolivia; por tanto, nace un nuevo periodo en la historia de Bolivia y, asimismo, el papel del ente electoral ingresa a una nueva forma de la administración y el ejercicio de la democracia intercultural (democracia directa - participativa, democracia representativa y democracia comunitaria), con un nuevo paradigma se desarrolla en Bolivia, aún en proceso de desarrollo y de evolución con sus pros y contras.

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009 Art. 12, establece que el Estado se organiza en cuatro órganos, uno de ellos es el Órgano Electoral. En el Título cuarto, Arts. 205-212, se establecen las atribuciones del ente electoral y de los partidos políticos.

La reingeniería del Estado boliviano y con la promulgación de la Constitución Política del Estado Plurinacional, surgen nuevas paradigmas de comprender la democracia y el sistema electoral, por tanto, se promulga un paquete de leyes para reglamentar la nueva CPE de 2009. En primer lugar, se promulga la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional de  16 junio de 2010, estructurado en 6 títulos y 91 artículos donde se norma la función electoral, jurisdicción, competencias, obligaciones, atribuciones, organización, funcionamiento, servicios y régimen de responsabilidades del OEP para garantizar la democracia intercultural en Bolivia (Art. 1)  

En segundo lugar, se promulga la Ley N° 026 del Régimen Electoral de 30 de junio de 2010, estructurado en  7 títulos y 266 artículos donde se regula el régimen electoral para el ejercicio de la Democracia Intercultural, basada en la complementariedad de la democracia: directa y participativa, representativa y la comunitaria, (Art. 1)

En tercer lugar, se promulga la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas de 1 de septiembre de 2018, estructurado en 5 títulos y 105 artículos, con esta ley se regula la constitución, funcionamiento y democracia interna de las organizaciones políticas, como parte del sistema de representación política y de la democracia intercultural y paritaria en el Estado boliviano, (Art. 1)

Los nuevos vocales del Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia son las siguientes que, lamentablemente no concretaron el periodo de administración electoral debido a irregularidades y conflictos internos dentro del TSE.

·         Presidente: Dr. Wilfredo Ovando Rojas

·         Vicepresidente: Dra. Wilma Velasco Aguilar

·         Vocal indígena: Ing. Irineo Zuna Ramirez

·         Vocal: Lic. Ramiro Paredes Zárate

·         Vocal: Dr. Marco D. Ayala Soria

·         Vocal: Dra. Fanny R. Rivas Rojas

·         Vocal: Lic. Dina A. Chuquimia Alvarado[26]

Estas leyes 018, 026 y 1096 en década y medio de años de existencia, varios de sus artículos han sido reformados y modificados a través de leyes y sentencias constitucionales, básicamente a la necesidad de cubrir, subsanar algunas incoherencias, o en beneficio de actores políticos, etc., se van encaminando estas normativas electorales en Bolivia, administrada por siete vocales que consiste en un vocal designado por el presidente y seis vocales elegidos por la Asamblea Legislativa Plurinacional de los cuales al menos dos vocales de origen indígena campesino[27].     

El Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia, es un órgano independiente, autónomo que administra los procesos electorales (elecciones generales, subnacionales, judiciales, referéndums), el régimen democrático, el registro cívico, la justicia electoral, la fiscalización de organizaciones políticas con jurisdicción nacional y el voto en el exterior.

El OEP, en sus 15 años ha administrado, cuatro elecciones generales 2014, 2019, 2020 y 2025 de los cuales la elección de 2019 ha sido anulada debido a las irregularidades ocurridas en esa elección. Se realizó dos elecciones subnacionales, 2015 y 2021. Un Referéndum Constitucional en 2016. Por primera vez el OEP administra las Elecciones Judiciales en 2011, Bolivia convirtiéndose en uno de los países que ejercita la elección de las altas autoridades judiciales donde los candidatos son clasificados meritocraticamente por la Asamblea Plurinacional de Bolivia y los clasificados son elegidos por el voto popular de simple mayoría. La segunda elección judicial se llevó a cabo en 2017 y la última elección judicial se realizó solamente en cinco departamentos de Bolivia, de manera que el Tribunal Constitucional Plurinacional puso en vilo las elecciones de estas autoridades en la gestión 2024, debido a recursos que se interpusieron por supuestos favorecimientos en la calificación de los candidatos en la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia.   

Asimismo el Tribunal Supremo Electoral a través de dos brazos brinda servicios a la ciudadanía cómo ser: Servicio de Registro Cívico (SERECI), tiene la responsabilidad de organización y administración del registro de las personas naturales en cuanto a la filiación, nacimiento, defunción, actos jurídicos como matrimonio, divorcio, naturalizaciones y el registro de electores en el Padrón Electoral Biométrico. El Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), tiene la responsabilidad de difundir los principios y los procedimientos de la Democracia Intercultural y fortalecer la cultura democrática a través del ejercicio de los derechos políticos y civiles de los bolivianos.

 Apuntes finales

El organismo electoral en la historia de Bolivia, ha jugado un papel muy importante en la administración de los procesos electorales desde 1956 hasta 2025 un total de 18 elecciones en la vida institucional de la CNE y el TSE, por tanto la historia electoral y política en Bolivia vio suceder hechos significativos como guerras civiles, golpes de Estado, revueltas militares, rebeliones populares, dictaduras militares, represiones violentas, etc., que, han marcado la historia de Bolivia.

El ejercicio electoral, a través del tiempo, va adquiriendo importancia en el desarrollo de la historia de Bolivia, asimismo, las normativas y reglamentos van evolucionando con el fin de administrar y garantizar los procesos electorales desde el voto censitario y/o calificado y el voto universal, (Ver Cuadro N° 1) En la historiografía boliviana, se puede observar estudios sobre momentos históricos: el periodo de los conservadores, de los liberales, de los nacionalistas, de las dictaduras militares, de los gobiernos neoliberales (democracia pactada) y el periodo del socialismo del siglo XXI (democracia intercultural); estudiados por politólogos, sociólogos, historiadores y periodistas, influidos por diferentes tendencias ideológicas y políticas; ya sea, elogiando o criticando a los gobiernos que administraron el Estado boliviano.

 

CUADRO N° 1   CARACTERISTICAS DEL PROCESO ELECTORAL EN BOLIVIA

CARACTERISTICA DEL PROCESO ELECTORAL

1825 - 1952

1956-1991

1991-2009

2010-2025

Institución  electoral

Las elecciones eran organizadas por el poder ejecutivo, prefectoral.

Corte Nacional Electoral, y Cortes Electorales Departamentales, sus decisiones son definitivas e irrevocables. Art. 9 DS  N° 4315/1956  dependiente del Ministerio de Interior

Corte Nacional Electoral, y Cortes Electorales Departamentales, institución independiente

El Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia, compuesto por: Tribunal Supremo Electoral y Tribunal Electoral Departamental Art. 3 Ley del OEP N° 018/2010

Naturaleza

Autonomía nula. El proceso electoral era controlado por el gobierno en funciones.

Sin autonomía, los vocales de la CNE son representantes de los poderes del Estado. Art. 10 DS  N° 4315/1956  

Autónomo, independiente e imparcial. Art. 13 Ley Electoral N° 1246/1991

Órgano de orden público, Independiente y autónomo. Art. 4.10 Ley del OEP N° 018/2010

Sistema de votación

Voto censitario, ser mayor de edad de 25 años  saber leer y escribir, gozar de una propiedad de 600 pesos o ser maestro de algún arte o ciencia. Art. 14 Ley Reglamentaria de 13-09-1831

Voto universal Decreto N° 3128/1952

Campesinos, indígenas, analfabetos y mujeres participan de las elecciones

Voto universal

Voto universal

El sufragio

Herramienta de legitimación del poder, no de representación democrática

Sufragio universal, directo libre y secreto. Art. 3.4 DS N° 4315/1956  

Voto universal, directo, libre, obligatorio y secreto. Art. 3 Ley Electoral N° 1246/1991

Igual, universal, individual, secreto, libre y obligatorio. Art. 43 Ley Régimen Electoral N° 026/2010

Registro Electoral

La Junta calificadora, es el responsable de registrar a los electores al libro Registro Cívico que cumplan con los requisitos que exige Art. 12 de CPE de 1839. Según Art. 11-23 de Ley 5-11-1839

Hombre y mujeres deben inscribirse en el Registro Cívico mayores de 21 años solteros, 18 años casados. Art. 88 DS N°4315/1956 y  Art. 1 Decreto N° 3128/1952

Padrón Nacional Electoral, los ciudadanos bolivianos están obligados a inscribirse en el Registro Cívico.

La Ley Electoral N° 1779/1997 modifica el Art. 4 ampliando la edad para ejercer el voto los ciudadanos los bolivianos mayores de 18 años de edad.                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   

Registro Padrón Electoral Biométrico de todos los bolivianos mayores de 18 años y personas extranjeras que cumplan la ley. Art. 98 Ley Régimen Electoral  N° 026/2010

Fuente: Elaboración propia según: Normativas electorales



[1] Artículo publicado en Revista RETORNOS N° 24/2025 del Centro de Estudios para la América, Andina y Amazónica (CEPAAA), La Paz - Bolivia, 2025 

El presente artículo es un fragmento de la tesis de maestría: Prebendalismo y Coerción Electoral, contrariedades imperecederas en el periodo de la democracia pactada 1982-2005, Carrera de Historia de la Universidad Mayor de San Andrés, 2023.

[2] Omar Chávez Zamorano, coordinador, La autonomía electoral, Historia Política e Institucional del Sistema Electoral Boliviano 1825-2006, (La Paz: Konrad Adenauer Stiftung, 2007), 46-47.

[3] Marta Irurozqui, A bala, piedra y palo, La construcción de la ciudadanía política en Bolivia, 1826-1952, (La Paz: Edit. Centro de Investigaciones Sociales, 2019), 83.

[4] Carlos D. Mesa Gisbert, Historia de Bolivia, (La Paz: Edit. Gisbert y CIA, 2016), 565.

[5] Decreto Supremo de 13 de agosto de 1825, Art. 3, en https://www.derechoteca.com/gacetabolivia/decreto-supremo-13-08-1825-del-13-agosto-1825   

[6] Carlos D. Mesa Gisbert, Presidentes de Bolivia entre urnas y fusiles, (La Paz: Gisbert, 2016), 167-168.

[7] Irurozqui, A bala, piedra y palo, 86.

[8] Constitución Política del Estado de 1967, Art. 86 y 90

[9] DS 4315, Art. 5 de 1956

[10] La Nación, 17-06-1956, Resolución Suprema N° 70113 de 27/02/1956 (Archivo Central del Ministerio de Gobierno)

[11] Ramiro Fernández Quisbert, Comportamiento electoral de los indígenas en las elecciones de 1956 en https://historiadorbolrfq.blogspot.com/search?q=elecciones+de+1956

[12] Las elecciones generales de 1956, son históricas, ya que “Los centros urbanos quedan desplazados, es el voto campesino el que decide la elección, lo que también significa el voto en su gran mayoría analfabeto” (Toro, Síntesis de las Elecciones Generales en Bolivia, 1993. pág. 23) donde le MNR gana con el 84.43% de los votos. A partir de estas elecciones la oposición maneja como muletilla las acusaciones de fraude electoral. En las elecciones de 1960 de misma forma obtiene el 76.10%.

 

[13] DS N° 4315, de 1956, Art.15.

[14] Cajías, Magdalena, De la Revolución Nacional a la conquista de la democracia en Bolivia, P. 616, en Coordinadora de Historia, Historia de Bolivia, miradas plurales en su Bicentenario, (La Paz: Plural, 2024)

[15] Movimiento Indio Tupaj Katari (MITKA), reconocido por la Corte Nacional Electoral con Resolución 029/1978 de 28 de abril de 1978, representados por: Constantino Lima, Luciano Tapia, Jaime Apaza y Felipe Quispe.

[16] Mesa, “Presidentes”, 2016; Manuel Vargas, Historia de Bolivia, (La Paz: Edit. Luciérnaga, 2007); Isaac Sandoval Rodriguez, Historia de Bolivia, Desarrollo Histórico Social Boliviano, (Santa Cruz: Edit. Sirena, 1999); Enrique Toro Tejada, Síntesis de las Elecciones generales en Bolivia, (La Paz: FUNDEMOS, 1993)

[17] Cespedes, Marcelo, Los bolivianos ¿estamos maduros para la democracia? Experiencias electorales de 1978, 1979 y 1980, (La Paz: Khana Cruz SRL, 1982)

[18] En el proceso electoral de 1979 se produjo un hecho sui generis al no lograr un consenso entre las principales fuerzas para elegir a un candidato, que las tres fuerzas votaron exclusivamente por sus candidatos sin lograr el quórum establecido por reglamento, lo que se denominó como el empantanamiento político, sin embargo, el Congreso solucionó ese impasse con la designación del presidente interino a pesar de que no figura en la Constitución.

[19] Herbert S. Klein, Historia de Bolivia, de los orígenes al 2010, (La Paz: Edit. GUM, 2011), 264.

[20] Mesa, “Presidentes”, James Dunkerley, Rebelión en las venas, la lucha política en Bolivia 1952-1982, (La Paz: Edit. CIS, 2017)

[21] Salvador Romero Ballivián, Medio siglo de historia del Organismo Electoral de Bolivia, en América Latina Hoy, Revista de Ciencias Sociales N° 51, (Ediciones Universidad de Salamanca, 2009) 77-94; Carlos Cordero Carraffa, Historia Electoral de Bolivia 1952-2007, (La Paz: Edit. Corte Nacional Electoral, 2007)

[22] Raúl Peñaranda y Oswaldo Candia, Padrón Biométrico una proeza de los bolivianos, (La Paz: Fundación Boliviana para la Democracia multipartidaria, 2009), 57-78

[23] The Carter Center, Misión de Observación del Proceso de Empadronamiento en Bolivia 2009, Informe Final, (Atlanta: One Copenhill, GA30307, 2009), 24.

[25] Organización de Estados Americanos, Informe Final de la Misión de Observación Electoral de la OEA sobre las elecciones generales y referéndum autonómicos celebrados en el Estado Plurinacional de Bolivia el 6 de diciembre de 2009, 23. En https://www.oas.org/sap/docs/deco/bolivia_6_diciembre_2009.pdf

[26] Informe de Rendición de Cuentas de la Gestión 2011 y Plan de Trabajo para la gestión 2012.

[27] CPE 2009, Art. 206, II y III

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